LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE MARROQUINERIA
Colombia
es parte del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI), ratificado mediante la Ley Nº 456 de 1979, y es signatario
de diversos acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual.
Es
el sistema de protección establecido en la ley por medio del cual se brinda
salvaguardia a todas las creaciones en el ámbito intelectual. La Constitución Política
de Colombia reitera este derecho en el artículo 61 que establece protección a
la propiedad intelectual. Ello quiere decir que se protege toda creación
intelectual. Sin embargo, como existen diferentes categorías de creaciones, las
leyes diferencian entre dos tipos: (1) las que tienen carácter industrial y
comercial, de (2) las creaciones intelectuales como los libros y obras
artísticas. Estas últimas disponen de un creciente valor comercial e industrial
pero la ley no exige como requisito necesario su registro para que puedan tener
protección”11. Las dos ramas de la propiedad intelectual son: Propiedad
Industrial y Derecho de Autor y Conexos.
DERECHO DE AUTOR Y CONEXOS: Es una de las formas de la propiedad intelectual, mediante la cual se
protegen las obras literarias y artísticas. “Estos derechos buscan proteger las
interpretaciones y ejecuciones de los artistas intérpretes o ejecutantes, los
fonogramas (CDs, discos, etc.) de los productores de fonogramas (disqueros) y
las emisiones de radio y televisión de los organismos de radiodifusión (radio y
televisión), que sin ser autores, son auxiliares importantes en el proceso de
difusión de la obra y por ello la ley les reconoció los derechos denominados
conexos”.
PROPIEDAD INDUSTRIAL: “Por
esta vía se protegen un conjunto de bienes intelectuales, que por su naturaleza
industrial y comercial, y habida consideración de sus particularidades especiales,
disponen de protección por esta disciplina. Tal es el caso de los inventos, los
modelos de utilidad, los diseños industriales y los signos distintivos, por
mencionar algunos”.
BIBLIOGRAFIA:

No hay comentarios:
Publicar un comentario